¿Cuáles pueden ser otras fuentes de recursos de las Regiones de Planificación y Gestión y región administrativa de planificación para financiar sus gastos de funcionamiento?
Las Regiones Administrativas y de Planificación no generarán gasto del presupuesto general de la Nación, ni del Sistema General de Participaciones, ni del Sistema General de Regalías.
Conforme con la disposición citada, el funcionamiento de las RAP se financiará con cargo a los recursos o aportes que las respectivas entidades territoriales que la conformen destinen para ello. Esos aportes deberán provenir de ingresos corrientes delibre destinación y el rubro presupuestal es el correspondiente a una transferencia corriente, en particular, transferencia al sector público.
En lo concerniente a proyectos de inversión, el respectivo departamento podrá, siguiendo las metodologías y lineamientos definidas por el Departamento Nacional de Planeación y de conformidad con la Metodología General Aplicada (MGA) formular un proyecto de inversión, susceptible de ser financiado con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías – SGR, teniendo en consideración las “Reglas generales para los proyectos de inversión”, contenidas en el Capítulo I, del Título IV “Inversión de los recursos del Sistema General de Regalías”, de la Ley 1530 de 2012. En este evento, de ser aprobado, el respectivo OCAD podrá definir como ejecutor del proyecto de inversión a la RAP.