¿Qué competencias y funciones deben tener la Regiones de Planeación y Gestión y Regiones Administrativas de Planificación?

Conforme con el artículo 19 de la Ley 1454 de 2011, las RPG tienen a su cargo las siguientes funciones generales, que determinan, a su vez, su objeto social:

a) Promover y aplicar de manera armónica y sostenible los principios de complementariedad, concurrencia y subsidiariedad en el desarrollo y ejecución de las competencias asignadas a las entidades territoriales.

b) Actuar como bancos de proyectos de inversión estratégicos de impacto regional durante el tiempo de desarrollo y ejecución de los mismos.

c) Mecanismos encargados de planear y ejecutar la designación de los recursos del Fondo de Desarrollo Regional.

En cuanto a las Regiones Administrativa de Planificación, el artículo 30 de la ley 1454 de 2011, define que estos esquemas asociativos tienen como finalidad el desarrollo regional, la inversión y la competitividad, en los términos previstos en el artículo 306 de la Constitución Política y en el marco de los principios consagrados por la misma ley, enfatizando la gradualidad, flexibilidad y responsabilidad fiscal.

De igual modo, las RPG y las RAP, en su condición de esquemas asociativos territoriales, podrán ser delegatarias, mediante convenios o contratos plan, de atribuciones propias de los organismos y entidades públicas de la Nación, así como de las entidades e institutos descentralizados del orden nacional.

11/11/2020