¿Qué experiencias exitosas de asociaciones de municipios en Colombia tiene identificada el DNP? ¿Cuántas son, donde están ubicadas, nombre del director y correo electrónico y sobre que objeto social se han constituido?

La conformación de esquemas asociativos en Colombia se ha presentado de manera recurrente a partir de las figuras de asociaciones de municipios, cuyos requisitos de conformación se hallan contenidos en el artículo 150 de la Ley 136 de 1994 y los artículos 14 y 17 de la ley 1454 de 2011, que definen a las asociaciones de municipios como entidades administrativas de derecho público, con personería jurídica y patrimonio propio e independiente de los entes que la conforman. De igual manera, con la expedición de la Ley 1454 de 2011, ley orgánica de ordenamiento territorial, se han venido conformando nuevas figuras concebidas por esta normativa como las Regiones de Planeación y Gestión y las Regiones Administrativas de Planificación; de igual manera se han formalizado y vienen funcionando seis áreas metropolitanas en el país. Todo lo anterior permite tener disponibilidad de varios tipos asociativos territoriales presupuestados en la LOOT. Paralelo a ello, las entidades territoriales, tanto departamentales como municipales, de manera autónoma han adelantado con el objetivo de socializar el tema con los interesados y con el propósito de iniciar los ejercicios necesarios para la conformación de estas entidades. Como se explicó anteriormente la inexistencia de un registro que informe acerca de la existencia y funcionamiento de los esquemas asociativos impide tener datos precisos sobre los mismos.

Si bien como se precisa, no se cuenta con información del universo total de la asociatividad territorial, el balance realizado por la Secretaría Técnica de la COT, ha permitido identificar lo siguiente:

• El propósito que predomina entre los esquemas asociativos es la formulación de proyectos de inversión de interés regional, respuesta sin duda alguna motivada por el marco normativo favorable a la financiación de proyectos de interés regional vía el Sistema General de Regalías (SGR).
• Le siguen en orden de calificación: el promover el desarrollo regional y la competitividad; así como la planificación integral y el ordenamiento del territorio. Estos objetivos se encuentran directamente en línea con los grandes propósitos de la LOOT y se podrían relacionar con los propósitos de la figura de Región de Planeación y Gestión.
• Los propósitos que tradicionalmente le corresponden a las asociaciones de entidades territoriales, como el ejercicio conjunto de funciones administrativas, la prestación de servicios públicos o la ejecución de obras, registraron un menor nivel de importancia para los implicados en la muestra.

Entre los principales objetivos identificados en ese balance, están los siguientes:

• Promover el desarrollo integral y fortalecimiento de los municipios asociados.
• Procurar y propender por el desarrollo humano, social y económico.
• Prestar directamente o mediante convenios servicios públicos, ejecutar obras de infraestructura públicas (transportes, energía, comunicaciones, obras públicas, servicios públicos domiciliarios, vivienda social, medio ambiente, turismo) y suministrar servicios administrativos, jurídicos, técnicos y financieros que agilicen los procesos.
• Convertirse en instancia de planificación a través de la identificación, formulación y ejecución de una agenda de programas y proyectos regionales que logre articular intereses públicos y privados

Ahora bien, como lo manifiesta el documento de “Balance Preliminar de los Procesos Asociativos Territoriales en Colombia” a partir de sus objetivos generales se pudieron identificar algunos objetivos específicos que se relacionan así:

• Ambientales:
1) Promover, fomentar y velar por la recuperación, conservación, preservación y sostenibilidad de los recursos naturales y ecosistemas compartidos.
2) Promover la formulación de programas y planes de manejo ambiental de los recursos naturales, el suelo y recursos energéticos.

3) Formular y ejecutar proyectos en medio ambiente, asistencia técnica, reforestación, fortalecimiento de programas locales de mantenimiento de microcuencas y procesos de descontaminación.

• Económico-Productivos:
1) Propiciar la competitividad y especialización de un territorio en específico mediante la confluencia de alianzas y esfuerzos entre el sector público y privado.
2) Poner en marcha Centros Provinciales de Gestión Agropecuaria para que presten el servicio de asistencia técnica agropecuaria.
3) Recuperar, proteger y optimizar la capacidad del sector agropecuario, fortaleciendo la organización social y desarrollando tecnologías apropiadas.
4) Mejorar el sistema productivo de la región a través de la diversificación de la producción y de la estructura económica.
5) Promover la investigación y el desarrollo de tecnologías para las áreas de producción, transformación, comercialización y prestación de servicios.
6) Desarrollar programas de capacitación a los jóvenes que impulsen la generación de empleo

• Socioculturales
1) Reforzar la identidad y cultura regional, de manera tal que se propenda por su conservación, sostenibilidad y autenticidad.
2) Planificar y ejecutar acciones en el sector educativo, o la prestación de servicios del relleno sanitario, la operación del centro de sacrificio regional.
3) Formular políticas diferenciadas para superación de la pobreza.

• Urbano-regional:
1) Revisar y armonizar los Planes municipales de Ordenamiento Territorial a la luz de criterios de ordenamiento subregional.

• Político-institucionales
1) Orientar la oferta de actuación estatal en la regional, con base en lineamientos contemplados en Planes estratégicos subregionales patrocinados por las mismas asociaciones
2) Garantizar procesos de planificación participativos, en el mediano y largo plazo.
3) Incidir en la toma de decisiones en el nivel nacional y departamental que afecten a los municipios asociados.
4) Representar los intereses de los municipios asociados en plataformas de negociación nacionales e internacionales.
5) Fortalecimiento de instrumentos de participación comunitaria, derechos humanos, la convivencia pacífica, consolidación de procesos

En cuanto a la asociatividad en el Plan Nacional de Desarrollo, es preciso señalar que estos objetivos son consistentes con los contenidos sobre la asociatividad territorial en el documento de Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 y la Ley 1753 de 2015 , en lo relativo al programa nacional de delegación de competencias diferenciadas , que conforme con el artículo 180 de esta Ley, “contendrá el marco de criterios para la delegación de funciones conforme al convenio que para tal efecto se suscriba. Los convenios se suscribirán entre las entidades del orden nacional, en calidad de delegantes, y las entidades territoriales, esquemas asociativos territoriales, la RAPE, áreas metropolitanas, conglomerados urbanos, o autoridades regionales que se constituyan para tal fin, en calidad de delegatarios. El Programa incluirá los parámetros de acreditación de capacidad financiera, técnica, regulatoria e institucional de las entidades o autoridades delegatarias. En el marco del programa, el Gobierno Nacional propondrá a dichas entidades y autoridades esquemas de distribución de competencias, las cuales quedarán plasmadas en los convenios que para tal efecto se suscriban entre entidades delegantes y delegatarias, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1454 de 2011.” De igual manera el artículo 183 de la Ley 1753 de 2015 hace referencia directa a los esquemas asociativos reconociendo que, a solicitud de las entidades territoriales, mediante este mecanismo se podrán conformar como autoridades regionales de transporte:

ARTÍCULO 183. Autoridades regionales de transporte. El Gobierno Nacional, a solicitud de las entidades territoriales, podrá crear y fortalecer Autoridades Regionales de Transporte en las aglomeraciones urbanas o en aquellos municipios cuya movilidad urbana se desarrolle más allá de sus propios límites jurisdiccionales. Para tal efecto, las entidades territoriales interesadas deberán constituir previamente esquemas asociativos territoriales, en concordancia con el artículo 10 de la Ley 1454 de 2011. La Autoridad Regional de Transporte, será la encargada de regular el servicio de transporte público de pasajeros, otorgar permisos y habilitaciones, integrar operacional y tarifariamente los diferentes modos y modalidades, y garantizar la articulación de planes, programas y proyectos contenidos en los Planes Maestros de Movilidad de cada uno de los municipios, así como los incluidos en sus instrumentos de planeación territorial que influyan en la organización de la movilidad y el transporte, de acuerdo con los lineamientos del Ministerio de Transporte.

11/11/2020